Por los fundamentos expuestos:
Este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos PABLO EMILIO REATIGA URBINA y MORELBA MARGARITA BERRUETA REVEROL, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-7.932.441 y V.-7.627.555, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 18 de agosto de 2007, por ante la Unidad de Registro Civil del Municipio Machiques de Perija del Estado Zulia, según consta en la copia certificada del acta de matrimonio signada con el No.104.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada de este fallo de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.....