Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO intentó CONDOMINIO DEL EDIFICIO TORRE 12 contra la Sociedad Mercantil APORTES FINANCIEROS, C.A., en consecuencia, se condena al pago de las cuotas ordinarias de condominio de los meses desde agosto de 2010 hasta mayo de 2015, correspondientes a los locales Nos. 1, 2, 3, 4 y 5 y la oficina No. 3-C, incluyendo los montos referidos al mantenimiento de los ascensores.
SEGUNDO: SIN LUGAR la compensación interpuesta como defensa de fondo por la parte demandada, la Sociedad Mercantil APORTES FINANCIEROS, C.A., en contra de la par.....