Por ello, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus, ciudadano GERARDO ANTONIO GRANADILLO NAVA, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.11.394.958 fallecido ab-intestato el día veintiocho (28) de agosto de 2015, a sus padres ciudadanos EFIGENIA DEL CARMEN NAVA DE GRANADILLO y FRANCISCO RAMON GRANADILLO LOPEZ, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.