PRIMERO: Declina el conocimiento de la presente causa al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ordenándose 6remitir el presente expediente en forma original a ese Tribunal.-. REMÍTASE CON OFICIO.-
SEGUNDO: Se le concede a las partes involucradas en la presente causa el lapso de cinco (5) días contados a partir del día de despacho siguiente, para que éstas ejerzan su derecho de solicitar la regulación de la competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.