En fuerza de los razonamientos legales expuestos en líneas pretéritas, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, suscrita por el abogado EDINSON ENRIQUE PALENCIA CEPEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.429.775, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 202.643, actuando en representación de los ciudadanos TONY GERARDO VIERA VALERO y KEYLA CHIQUINQUIRA SEGURO ALBORNOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V-9.761.779 y V-12.404.736, ambos domiciliados en la Parroquia Punta Cardón del Municipio Carirubana del Estado Falcón, por ser contraria al orden público en materia de divorcio, al exceder dicho apoderado judici.....