este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECLARA improcedente los argumentos del demandado y ordena la continuación del procedimiento tal como lo contempla el artículo 12 del Decreto-Ley. Así se decide.
Declarada como ha sido la continuación de la ejecución forzosa, este Tribunal ordena proceder tal como lo señala el Artículo 12 antes mencionado. Así se declara.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.
Déjese copia certificada de la presente Resolución como lo dispone el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la sala de despacho de este Tribunal Sexto Ordinario de municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los tres (03) días del mes de Febrero de año dos mil veintidós (2022).- Año: 211° de la.....