Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, SAN FRANCISCO Y JESÚS ENRIQUE LOSSADA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa establecida en el numeral 2 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y COBRO DE BOLÍVARES fue intentado por la sociedad mercantil MERCADO LA FACILIDAD, C.A. en contra de la ciudadana MARTHA LETICIA PARRA SIERRA, ambas partes plenamente identificadas en el encabezamiento de la presente sentencia.
SEGUNDO: Con vista a la naturaleza de la anterior declaratoria no hay condenatoria en costas.
TERCERO: Resuelta como ha quedado la incidencia planteada en autos, el Tribunal fija el cuarto (4) día de despacho siguiente a la fecha de la publicación de esta se.....