Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
La homologación de la transacción celebrada en fecha once (11) de agosto de 2015, entre la ciudadana CECILIA D’ANGELLA DE BRUGAL, en su propio nombre y de los comuneros herederos del ciudadano GERMAN MANUEL BRUGAL NOUEL, asistida por el profesional del derecho JESÚS ASDRÚBAL MUGUERZA SEIJAS, plenamente identificados, por una parte y por la otra, el ciudadano ALEXCY GREGORIO SUAREZ HERNANDEZ, asistido por el profesional del derecho, ciudadano HIRAN PARRA LEAL, plenamente identificados en autos. Se da por consumado el acto y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada......