Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la conversión en divorcio de la separación de cuerpos y bienes requerida. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JOSÉ ÁNGEL RIVERO PÉREZ y YARELIN ELENA BARRIOS FIGUEROA en fecha 13 de abril de 2012, según consta del acta de matrimonio signada con el No. 093, emanada de la Unidad de Registro Civil de la parroquia Coquivacoa del municipio Maracaibo del estado Zulia, acompañada a los autos en copia certificada.