Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos JORGE ALBERTO FLORES GODOY y MIRNA COROMOTO VELIZ, en fecha 06 de marzo de 1976 ante la Prefectura del municipio Cristo de Aranza del distrito Maracaibo del estado Zulia, actualmente denominada Unidad de Registro Civil de la parroquia Cristo de Aranza del municipio Maracaibo del estado Zulia, según consta del acta de matrimonio consignada en copia certificada signada con el No. 135.
Se ordena oficiar a la Unidad de Registro Civil de la parroquia Cristo de Aranza del municipio Maracaibo del estado Zulia y al Registro Principal del estado Zulia a objeto de es.....