Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos CARLOS JOSE SEQUEIRA BRAVO Y KARLA DESIREE RUDAS TIAPA, según copia certificada del acta de matrimonio No. 162, de fecha quince (15) de agosto de 2014, emanada de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Raul Leoni del Municipio Maracaibo del estado Zulia.