Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos EDUARDO ENRIQUE ABREU RAMIREZ y ROSIBEL TERESA ALVIAREZ FERNANDEZ, en fecha 29 de julio del año 2012, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del estado Zulia, según copia certificada del acta de matrimonio No. 189.