Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de DIVORCIO de mutuo consentimiento presentada, y en consecuencia declara DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos MOISES ANTONIO RONDON ARENAS y ROSEFI CELENIA VALERA VASQUEZ, plenamente identificados en actas, en fecha doce (12) de septiembre de dos mil catorce (2.014), por ante el Registro Civil Cristo de Aranza del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.