Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos MANUEL ENRIQUE VERGARA MARTINEZ y JOSELYN DEL VALLE CARDOZO GAULE, en fecha veintiséis (26) de diciembre del año Dos Mil Nueve (2.009), por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia La Puerta y Mendoza del Municipio Valera del estado Trujillo.