DISPOSTIVO
Por lo tanto con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos: JEHAN CARLOS GARCIA OLLARVES y GUBERTO JOSE GARCIA OLLARVES, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante RICHARD ANTONIO GARCIA OLLARVES.Devuélvanse los documentos originales y déjese copia certificada de los mismos para que repose en los archivos de este Tribunal, así como expedir las copias certificadas solicitadas.