Por los fundamentos expuestos este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada Y San Francisco De La Circunscripción Judicial Del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal del CONVENIMIENTO, celebrado entre las partes en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO, sigue la intentado la ciudadana MARIA JOSEFINA RINCON, titular de la cedula de identidad Nro V-7.976.816, actuando en representación de los ciudadanos EDUVIGES JOSE RINCON FERNANDEZ Y JUAN MANUEL MORA LOAIZA en contra de la ciudadana LORELIFE CAROLINA MOLERO MADUEÑO, Titular de la cedula de identidad Nro V-14.005.456, todos identifica¬dos en actas, en consecuencia, se homologa el convenimiento, dándole el carácter de cosa Juzgada y se abstiene de archivar el presente expediente hasta tanto exista constancia en actas del total cumplimiento .....