Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por la Sociedad Mercantil ADELIS ROJAS, C.A. (ADERCA), en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES ARELLANO AUTO, C.A., todas plenamente identificadas.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada, esto es, a la Sociedad Mercantil INVERSIONES ARELLANO AUTO, C.A., en HACER ENTREGA FORMAL del inmueble conformado por Galpón de SETECIENTOS METROS CUADRADOS (700 Mts2) de área de construcción, más dos (2) oficinas, un (1) depósito y tres (3) salas sanitarias completas, la cual se encuentra ubicado en la calle 69, con avenida 15D de la Parroquia Chiquinquirá .....