PRIMERO: Se acuerda la Revocatoria del Acto de Entrega Material, con vista a la Oposición realizada al efecto por la ciudadana NEROLIS TERESITA FRANCO CAMPOS, debiendo los interesados acudir a la Jurisdicción Ordinaria aplicable al caso en estudio, y de esta manera dirimir su controversia.
SEGUNDO: Se exime de costas a las partes, ante la ausencia de contención en el presente proceso