PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de Desalojo, seguida por la ciudadana LILIBETH DEL ROSARIO MARCANO QUIROZ, en contra de la ciudadana DEXSY BEATRIZ DIAZ LEAL, ordenándose el pago de la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 12.000, oo), contentiva de las mensualidades correspondientes a los meses mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre del año 2014 así como los que se han generado durante la pendencia del proceso y los que se causen hasta la entrega definitiva del inmueble litigioso, así como solvente con todos los pagos de servicios públicos, debiendo hacer entrega de los recibos correspondientes.
SEGUNDO: Se ORDENA a la accionada la entrega del inmueble arrendado a la demandante de autos, de acuerdo a las formalidades establecidas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial y del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se condena en Costas y Costos procesales a la parte accionada, al resultar tota.....