´DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo dispone el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos FELISA BEATRIZ ARRIETA DE ATENCIO y NERIO DE JESUS ATENCIO CASTRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-4.153.294 y V-3.924.950 respectivamente,, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia como Únicos y Universales Heredero de la causante ciudadana ANDREA ALEJANDRA ATENCIO ARRIETA, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª V-18.081.965, y que estuviera domiciliada e.....