Primero: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, conforme a lo establecido en el articulo 185 A del Código Civil y al nuevo criterio adoptado por el Tribunal Supremo de Justicia con respecto al contenido y alcance de la citada norma, formulada por la ciudadana CLAURY BETSABETH RODRIGUEZ LEAL, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad No. V-21.359.021, domiciliada en El Barrio Sierra Maestra, Calle 9, entre avenidas 8 y 9, Parroquia Francisco Ochoa, Municipio San Francisco Estado Zulia, en contra del ciudadano MAURICIO ANTONIO AGUIRRE LEAL, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad No. V-19.838.440, domiciliado en el Barrio El Silencio, Avenida 49ª, N° 152-72, parroquia Domitila Flores, Municipio San Francisco, Estado Zulia. Se declara DISUELTO el matrimonio que contrajeron los cónyuges en fecha 16 de Junio del año 2016, ante el Registro Civil de la Parroquia Francisco Ochoa del Municipio San Francisco de Estado Zulia, No hay condena.....