DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO solicitada por los ciudadanos MARIA VIRGINIA AGUILAR DUGARTE y DAVID LÓPEZ BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.415.271 y V-13.637.621, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia y en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 16 de marzo de 2.012, por ante el Jefe Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Igualmente se acuerda oficiar a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, para que estampe la respectiva nota marginal al Acta de Matrimonio acompañada celebrada el día 16 de marzo de 2.012 y signada con el No. 074. ASÍ SE DECIDE.