PRIMERO: SIN LUGAR la Cuestión Previa de Prohibición de la Ley de admitir la acción propuesta contenida en el numeral 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por las ciudadanas MARIA MARGARITA HANDS GOMEZ y MARIA VIRGINIA HANDS GOMEZ, en el presente juicio de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL seguido por CARMEN MARIA PEREIRA DE PENSO en contra de las accionadas.
SEGUNDO: Se condena en costas y costos procesales a las demandadas MARIA MARGARITA HANDS GOMEZ y MARIA VIRGINIA HANDS GOMEZ, por haber resultado totalmente vencidas en esta incidencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 274 de la Ley adjetiva, quienes obran en el proceso con una participación igualitaria.