Por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y para autoridad de la ley, Declara:
Primero: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, conforme a lo establecido en el nuevo criterio adoptado por el Tribunal Supremo de Justicia con respecto a la perdida de afecto marital dentro del matrimonio, formulada por los ciudadanos THAIS JOSEFINA TELLERIAS y MARIO ENRIQUE ANDRADE LUJAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nª V-9.770.784 y V-5.814.859, respectivamente domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en consecuencia, se declara DISUELTO el matrimonio que contrajeron los cónyuges en fecha diecisiete (17) de junio de 1991, ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municip.....