Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo dispone el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos RAIZA JOSEFINA ALIZO DE TORRES, LISSETT CAROLINA TORRES RINCON, ARNDOLD JOSE TORRES ALIZO, ALBERTH JOSE TORRES ALIZO y RAISSETTE JOSELETTE TORRES ALIZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nº V-4.159.097, V14.006.775, V-16.016.804, V-16.876.074 y V-20.281.658, respectivamente, domiciliados en el Municipio San Francisco del Estado Zulia como Únicos y Universales Herederos de el causante RAMON JOSE TORRES, quien en vida era venezolano, ma.....