DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON LUGAR la solicitud planteada y en consecuencia DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos LEONER JOSÉ PORTILLO PARRA y ALEXANDRA CAROLINA FERNÁNDEZ LEÓN, el día dieciocho (18) de marzo del año dos mil once (2.011), por ante la Registradora Civil Municipal y Secretario Accidental, respectivamente, del Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, según se evidencia de Acta de Matrimonio Civil N° 9, expedida por el Registro Civil de la Parroquia El Carmelo del Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, que riela en copia certificada en los folio 2 y 3 del expediente.-
Por otra parte, este Tribunal a los fines de dar cumplimiento con lo establ.....