Con fundamento a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, y por cuanto este tribunal considera suficientes las razones y hechos transados por las partes en el referido escrito, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MACHIQUES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Consumado el acto procesal del transacción celebrado en este juicio por DESALOJO DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL, seguido por el ciudadano WILMORE MORALES MENDEZ, titular de la cédula de identidad número V-1.614.069, en contra del ciudadano RAMON PAZ MORALES, titular de la cédula de identidad número V-3.465.799 y solicitada como ha sido su homologación y que sea pasado en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitiva, habiendo sido en consecuencia revisado todos los extremos legales, SE DECLARA HOMOLOGADO EL CON.....