III.- DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de conformidad con el Artículo 185 propuesta por los ciudadanos JUAN DIEGO ROMERO MENDEZ y YENNYMAR JOSE URDANETA TOVAR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, primero de los nombrados titular de la cédula de identidad No. V-17.281.440 y la segunda actualmente titular de la cédula de identidad No. V-17.281.440 y la segunda actualmente titular de la cédula de identidad No.V-20.166.460. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron, en fecha Diez (10) de Abril del año Dos Mil Quince (2.015), contrajimos matrimonio civil, por ante la Abogada Aura Elisa Sánchez Urdaneta Registradora Civil del Municipio Machiques de Perijá del Estado.....