IV
PARTE DISPOSITIVA
Con fundamento a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, éste TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, por motivo de desafecto, propuesta por el ciudadano PEDRO ENRIQUE CHACIN, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-14.233.324, domiciliada en el municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, a la cónyuge ciudadana OMAIRA COROMOTO MARTINEZ ROBERTIS, Venezolana, Mayor de edad, Identificada con la Cédula de Identidad número V-16.969.099, correo electrónico omairacoromoto1982@outlook.com, domiciliada en el Sector Las Malvinas, Casa sin número, en la Ciudad de Machiques, Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, domiciliado en el municipio Machiques de Perijá del .....