DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, éste TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
1) CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR RECLAMACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, intentó la ciudadana MARYELY CAROLINA PEREZ DAZA, titular de la cédula de identidad No. V-17.481.748, en representación de su hijo MARCO ANTONIO AMARIS LOPEZ, y en contra del ciudadano ARGEMIRO AMARIS LOPEZ, titular de la cédula de identidad No. V-15.391.027, con domicilio en el municipio Rosario de Perijá del estado Zulia, obligación esta que deberá cumplir el demandado en los términos establecidos en el texto del presente fallo.- ASÍ SE DECIDE.
En consecuencia, en estricto aseguramiento de los derechos y el interés superior del niño MARCO ANTONIO AMARIS PÉREZ, este Tr.....