Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos: los ciudadanos: LORENA MONCADA OMAÑA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.456.061, domiciliada en la Población de El Guayabo, Sector El Progreso, calle Aurora, casa s/n, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y el ciudadano: FRANK JOSÉ ALVAREZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, casado, Sargento Mayor del Ejercito Milita, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.598.264, domiciliado en la Población de El Guayabo, Sector Rafael Urdaneta, call.....