DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, lo siguiente:
1) Se HOMOLOGA el acto de autocomposición procesal, celebrado en fecha ocho (08) de Octubre del año dos mil catorce (2014), por ante este Órgano Jurisdiccional.
2) Se dio cumplimiento al pedimento de levantamiento de la Medida dictada por este Tribunal en fecha 23-10-2014; ordenándose mediante oficio Nº 6150-253 de fecha 30-10-2014; en virtud de la solicitud hecha por el apoderado judicial de la parte actora.
AGRÉGUESE. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. ARCHÍVESE.-
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del.....