III: DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO DE MUTUO CONSENTIMIENTO, en consecuencia queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos VICTOR ELOY MORENO y ELIZABETH DEL VALLE BRAVO LOPEZ, anteriormente identificados, en fecha Cuatro (04) de Agosto del año Dos Mil Tres (2003), por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Pueblo Nuevo, Municipio Baralt del Estado Zulia, Acta No. 38.-
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3º y 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código Civi.....