Por los fundamentos expuestos éste Tribunal de Municipio y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda por REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION interpuesta por el ciudadano RAMON JOSE GONZALEZ PAZ en contra de la ciudadana JACKELYNE ELIZABETH BRICEÑO RAGA, con relación a la obligación de manutención de los niños y/o adolescentes GONZALEZ BRICEÑO (Identidad protegida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la LOPNNA); y como quiera que cada progenitor tiene a cargo a uno de los niños y/o adolescente beneficiarios de manutención, estos cubrirán las pensiones ordinarias y extraordinarias de cada uno; es decir, el obligado de manutención cubrirá todo lo relacionado a la alimentación, calzado, vestido, etc del adolescente ADRIAN RAMON GONZALEZ BRICEÑO, y la demandada cubrirá igualmente todo lo relacionad.....