Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, y por cuanto de los mismos se evidencia que el ciudadano PABLO JOSE JIMENEZ, fue en vida el cónyuge de la solicitante FLORINDA ANTONIA SILVA DE JIMENEZ, así como también el progenitor de los ciudadanos CARLOS JOSE JIMENEZ SILVA, RIGOBERTO ANTONIO JIMENEZ SILVA, ISABEL CECILIA JIMENEZ SILVA, YENNY FARELYS JIMENEZ SILVA, JESUS EDUARDO JIMENEZ SILVA, JUVENAL JOSE JIMENEZ SILVA y JOSE ANDRES JIMENEZ SANCHEZ y no habiendo dejado otros descendientes, éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en San Timoteo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: que son suficientes los derechos que tienen los ciudadanos FLORINDA ANTONIA SILVA DE JIMENEZ, CARLOS JOSE JIMENEZ SILVA, RIGOBERTO ANTONIO JIMENEZ SILVA, ISABEL CECILIA JIMENEZ SILVA, YENNY FARELYS JIMENEZ SILVA, JESU.....