Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos LOLIMAR VIRGINIA VASQUEZ ZAPATA y EVERT JOSE GODOY REYES, anteriormente identificados, el segundo de ellos representado por la profesional del derecho LEDY MARGARITA GODOY VALERO, en fecha Dos (02) de Agosto de Mil Novecientos Noventa y Siete (1997), por ante el Jefe Civil y Secretaria de la Parroquia Libertador, Municipio Baralt del Estado Zulia, acta No.34.