Por los fundamentos expuestos éste TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Homologa el convenimiento efectuado por el ciudadano JOHANDRY ALBERTO VIERAS GODOY, en beneficio de las niñas VIERAS LEÓN, de tres (03) años y tres (03) meses de edad respectivamente (identidad protegida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), y en aras de su interés superior, tal y como lo establece el artículo 8 Ejusdem, lo pasa en autoridad de cosa Juzgada, no ordenándose el archivo del expediente mientras conste en el mismo el cumplimiento de la obligación. Así mismo, y en consonancia con lo solicitado por el obligado de manutención, se ordena aperturar una cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario a nombre de la demandante, cuenta que no podrá.....