Por los fundamentos expuestos, este Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos JUNIOR JOSE GONZALEZ VASQUEZ Y JOHANA PATRICIA DEBEL GODOY, en fecha Veintiuno (21) de Noviembre de Dos Mil Once (2011) por ante el Prefecto y Secretario, respectivamente, del Municipio Libertador, Distrito Baralt del Estado Zulia, hoy Parroquia Libertador, Municipio Baralt del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 39, acompañada a los autos.