Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, y por cuanto de los mismos se evidencia que el ciudadano LUIS ALFREDO OCANTO LUCENA, fue en vida la pareja Estable de Hecho de la solicitante ANA ALBERTINA LEON ROMAN, no habiendo dejado otros descendientes, éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en San Timoteo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: que son suficientes los derechos que tiene la ciudadana ANA ALBERTINA LEON ROMAN, plenamente identificada en actas, como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA DEL CAUSANTE LUIS ALFREDO OCANTO LUCENA. ASÍ SE DECLARA.-