Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, formulada por el ciudadano JORGE LUIS DURAN, mayor de edad, venezolano, titular de cédula de identidad V-11.947.417.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre los cónyuges JORGE LUIS DURAN Y KEILA DEL VALLE UMBRIA, ya identificados, en virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 17 de Enero de 1992, por ante la prefectura del municipio autónomo Valmore Rodríguez del estado Zulia