Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
a) Con lugar la demanda de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana YESENIA GREGORIA PINEDA RODRIGUEZ, en contra del ciudadano MIGUEL ANGEL QUERALES PINEDA , en beneficio del niño (se omite el nombre del niño, por razones de confidencialidad). b) Se fija como monto de obligación de manutención mensual la cantidad equivalente al treinta y tres coma treinta y tres por ciento (33,33%) del salario mínimo, lo cual asciende a MIL CUATROCIENTOS TRES BOLÍVARES (Bs. 1403,00), en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON CUARE.....