Por tal motivo, examinados los documentos acompañados y la norma utsupra transcrita, éste Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: que son suficientes los derechos que tienen los ciudadanos IDELMA ROSA FERNANDEZ DE RAMIREZ, CARLOS ALBERTO RAMIREZ FERNANDEZ, GUSTAVO ADOLFO RAMIREZ FERNANDEZ y CARLOS EDUARDO RAMIREZ FERNANDEZ, identificados en actas, como UNIVERSALES HEREDEROS DEL CAUSANTE CARLOS JULIO RAMIREZ PERAZA. ASÍ SE DECLARA.-