V: DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos NATHALY DE LOS ÁNGELES ACOSTA PARRA y EDWIN ALFONSO GONZALEZ USECHE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-15.240.122 y V-15.552.513 respectivamente, ambos plenamente identificados en autos, en fecha veintidós (22) de diciembre de dos mil diez (2010), por ante el Registro Civil de la Parroquia Santa Rita, Municipio Santa Rita del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 72 acompañada a los autos en copia certificada. ASÍ SE DECLARA.-
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