DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, JOSE CARACCIOLO OLIVEROS OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.612.515, casado, con domicilio en el sector la vaca, calle Las Guayasas, casa numero MG-076, San isidro, Parroquia Rafael Maria Baralt, Municipio Simón Bolívares del Estado Zulia y RAFAELA DEL CARMEN RIERA DE OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-11.457.122, mayor de edad, casada, domiciliado en el Sector Sierra Maestra, Barrio Las Vegas II, Parroq.....