DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia;
• QUEDA DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos EDUARDO ANTONIO ANDRADE URRIBARRI e ISBELIA DEL CARMEN PARRA MANZANERO, mayores de edad, casados, titulares de la cedula de identidad numero V- 11.458.650 y V-11.457.540, domiciliado el primero en la Calle 3D, Las Carmelitas del Sector Punta Iguana, Jurisdicción de la Parroquia José Cenovio Urribarri del Municipio Santa Rita del Estado Zulia y la segunda domiciliada en el Sector Barrancas, Calle San José, casa sin N°, Jurisdicción de la Parroquia José Cenovio Urribarri.....