DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSÉ ANTONIO MALDONADO, titular de la cédula de identidad número V-10.599.807, a la ciudadana JUANA BEATRIZ QUINTERO de MALDONADO, titular de la cédula de identidad número V-10.089.100, en su condición de esposa y al ciudadano ALBERTO JOSÉ MALDONADO MALDONADO, titular de la cédula de identidad número V-24.954.387, respectivamente; en su condición de hijo, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, conforme lo prevé el antes trascrito Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse las actuaciones en originales a la parte interesada, previa certificación de los mismos en actas.
Publíquese, Regístrese incluso en el siti.....