´DISPOSITIVO
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudencial y doctrinarios ut supra referidas, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por el ciudadano GUILLERMO ENRIQUE CHIRINOS COLINA, titular de la cédula de identidad número V-12.843.620, contra la ciudadana LORENA MARÍA AMARIS de CHIRINOS, titular de la cédula de identidad número V-17.557.344.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha nueve (9) de Noviembre del año mil novecientos noventa y cinco (1995), por ante el Jefe Civil de la Parroquia Punta Gorda, Municipio Cabimas del estado Zulia, inserta bajo el Nº 051, Libro Nº 01, folios 153, 154 y 155, Año: 1995.
Publíquese, Regístr.....