DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus GINO MONCINI LOTTI, titular de la cédula de identidad E-305.970, a la ciudadana JUANA DEL CARMEN MARRUFO de MONCINI, titular de la cédula de identidad número V-2.823.029, en su condición de esposa y los ciudadanos SONIA VIOLETA MONCINI MARRUFO, SANDRA MARIANA MONCINI de PEREZ, BRUNA MARÍA MONCINI MARRUFO y RENATA DEL CARMEN MONCINI MARRUFO, titulares de las cédulas de identidad números V-9.000.641, V-9.000.642, V-9.329.253 y V-11.946.078, respectivamente, en su condición de hijos, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS conforme lo prevé el antes trascrito Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse las actuaciones.....