DISPOSITIVA
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA POR DIVORCIO intentada por la ciudadana EDITH ANTONIA LEAL SALON, titular de la cedula de identidad Numero V-7.969.419, contra el ciudadano SANTIAGO ANTONIO COLINA, titular de la cedula de identidad número V-7.962.742, de conformidad con lo establecido en el Articulo 185-A del Código Civil vigente.
SEGUNDO: Se declara DISUELTO EL VINCULIO CONYUGAL que unía a los ciudadanos EDITH ANTONIA LEAL SALON y SANTIAGO ANTONIO COLINA, plenamente identificados en actas.
TERCERO: De conformidad con el Artículo 185-A, del Código Civil disuelto como ha quedado el vinculo Matrimonial existente entre los ciudadanos: EDITH ANTONIA LEAL SALON y SANTIAGO ANTONIO COLINA, antes identificados, y que estos contrajeron matr.....