este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas, de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Que son suficiente los derechos que tienen los ciudadanos JOSE GREGORIO GARCIA GARCIA, LOLA DEL CARMEN GARCIA DE GARCIA, NAIGUALIDA DEL CARMEN y MARYELIBETH ALEXANDRA GARCIA GARCIA como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante FELIX RAFAEL GARCIA.- ASI SE DECLARA.-